viernes, 24 de septiembre de 2010

La nueva ley ya es obsoleta

Vamos por partes.
Se dice que la nueva Ley de Medios, era nueva y hacía falta porque la anterior era obsoleta.
Dentro de muchas cosas nuevas, falta casi por completo todo lo que se refiera a televisión digital.
Dentro de este tema, puede haber un hueco legal que permita que Clarín no tenga que vender todas sus señales de cable.
Analicemos.
La ley 26522 (Ley de Medios) dice en su artículo 45, punto 2.
En el orden local, se permitirá:
"d) Hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva abierta siempre que el
solicitante no fuera titular de una licencia de televisión por suscripción; En ningún
caso la suma del total de licencias otorgadas en la misma área primaria de
servicio o conjunto de ellas que se superpongan de modo mayoritario, podrá
exceder la cantidad de tres (3) licencias"

Una licencia de televisión abierta, significa que se le asigna un canal de televisión para que transmita. Con el sistema digital, existe la siguiente posibilidad de transmisión para cada canal.

Modelos de Transmisión de Servicios por Canal
• Transmisón de 1 Servicio en HD
• Transmisón de 2 Servicios en HD
• Transmisón de 3 Servicios en HD

• Transmisón de 1 Servicio en HD + 1 Servicio en SD
• Transmisón de 1 Servicio en HD + 2 Servicios en SD
• Transmisón de 1 Servicio en HD + 3 Servicios en SD

• Transmisón de 4 Servicios en SD
• Transmisón de 5 Servicios en SD
• Transmisón de 6 Servicios en SD



La autoridad de aplicación ya está brindando licencias para este tipo de servicios como por ejemplo la Resolución 113/2010 de AFSCA (ex-COMFER) que dice
Artículo 3
"Asígnase para el funcionamiento del referido servicio, el canal 33, en la ciudad de MENDOZA, provincia homónima.


Y según la ley de medios (Ley 26522), con respecto a estos temas dice que:
ARTICULO 41. - Transferencia de las licencias. Las autorizaciones y licencias de servicios de comunicación audiovisual son intransferibles
ARTICULO 44. - Indelegabilidad. La explotación de los servicios de comunicación audiovisual adjudicados por una licencia o autorización, será realizada por su titular.

ARTICULO 47. - Adecuación por incorporación de nuevas tecnologías.
Preservando los derechos de los titulares de licencias o autorizaciones, la autoridad de aplicación deberá elevar un informe al Poder Ejecutivo nacional y a la Comisión Bicameral, en forma bianual, analizando la adecuación de las reglas sobre multiplicidad de licencias y no concurrencia con el objeto de optimizar el uso del espectro por la aplicación de nuevas tecnologías

NOTA artículo 47
En la propuesta formulada se agrega una hipótesis de trabajo hacia el futuro en el que el dividendo digital permitiría una mayor flexibilidad de normas. Para tal fin se ha tomado en consideración las instancias que la ley de Comunicaciones de Estados Unidos de 1996, -sección 202 h)- ha dado a la FCC para adaptar de modo periódico las reglas de concentración por impacto de las tecnologías y la aparición de nuevos actores, hipótesis prevista que se consolidó por las
obligaciones que la justicia federal impuso a esa Autoridad de aplicación tras el fallo “Prometheus”(66).
Este artículo prevé que por desarrollos tecnológicos se modifiquen las reglas de compatibilidad y multiplicidad de licencias. La situación es perfectamente comprensible. En el mundo analógico el tope de una licencia para un servicio de TV por área de cobertura tiene sentido. Puede dejar de tenerlo cuando como resultado de la incorporación de digitalización de la TV se multipliquen los canales existentes, tanto por la migración de tecnologías, el uso del UHF y los multiplex.
Existe un mínimo de licencias establecidas en el proyecto, que se corresponden con la actual realidad tecnológica, que aun circunda el mundo analógico. Este mínimo no puede ser reducido ni revisado. Ahora bien, existe un universo de posibilidades tecnológicas. Es razonable entonces, crear un instrumento legal flexible que permita a la Argentina adoptar estas nuevas tecnologías, tal como lo han hecho otros países.

Según estos artículos, los actuales licenciatarios (Grupo Clarín, Telefónica, González González, etc) pueden pedir una licencia digital,
Por lógica, cada canal tiene capacidad para varias señales, con lo que TN podría convertirse en un canal de aire, tal cual está sucediendo ahora con C5N en las pruebas que están realizando.
También hay que tener en cuenta que la reglamentacion de la ley dice lo siguiente:
Resolución 296/2010
Considerandos:
"Que asimismo, con el propósito de afianzar el federalismo, a través del respeto y promoción de las identidades locales y regionales, deberán incorporarse las grillas de programación de servicios de televisión por suscripción las señales correspondientes a los servicios de televisión abierta o sus repetidoras legalmente autorizadas, cuya área de
cobertura coincida con su área de prestación de servicio."

Dando a entender que estos canales van a formar parte del cable de forma obligatoria, con lo que al final la meta de recortar las licencias queda obsoleta.
Está visto que con un buen abogado, todo tiene solución.

Aclaración: Aunque esto sea así, sigue la prohibición de tener licencias de cable y de aire. Por lo tanto Clarín deberá decidir si se queda con el negocio del cable o los canales de aire. Lamentablemente, nada que un buen testaferro no solucione.